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Eximición de impuesto automotor y patentes de motos

Para circular con tranquilidad.

Se recuerda que como parte de las iniciativas de acompañamiento para mitigar los efectos de la inundación, se encuentra vigente la eximición de la primera cuota a liquidarse para el año 2025 del impuesto automotor Ley N° 13010 y del de Patentes de rodados (motos).

Las medidas se establecieron en la Ordenanza N° 22.024, artículos 3 y 4, y comprenden sólo a vehículos municipalizados.

Además, en ambos casos, aquellos contribuyentes que puedan acreditar de modo fehaciente los daños causados por la inundación del pasado 7 de marzo podrán solicitar la exención por el resto del año fiscal respecto al referido tributo.

Para realizar el trámite se debe ingresar a la plataforma eximiciontasas.bahia.gob.ar, completar un formulario y adjuntar documentación (fotografías o documentación reparatoria).

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